El grupo insurgente y el Gobierno colombiano firmaron un acuerdo para garantizar la estabilidad jurídica de la firma final de paz.
El Gobierno colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia - Ejército del Pueblo (FARC-EP) establecieron este jueves un acuerdo para brindar seguridad jurídica a la firma final de la paz, informaron los garantes internacionales de los diálogos en La Habana, Cuba.
“Hemos llegado a un acuerdo para brindar seguridad y estabilidad jurídica al acuerdo final, para asegurar su introducción al ordenamiento jurídico colombiano y para dar garantías de cumplimiento de dicho Acuerdo Final, tanto conforme al derecho interno colombiano como conforme al derecho internacional”, dice el comunicado.
El negociador del Gobierno, Humberto de la Calle, dijo que estas medidas constituyen una ruta expedita y segura para cumplir con los objetivos del acuerdo de paz.
Estas son las medidas para blindar jurídicamente los acuerdos de paz:
- El Gobierno introducirá antes del 18 de mayo un nuevo artículo transitorio en la Constitución.
Artículo Transitorio: En desarrollo del derecho a la paz, el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera constituye un Acuerdo Especial en los términos del artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de 1949. Con el fin de ofrecer garantías de cumplimiento del Acuerdo Final, una vez éste haya sido firmado y entrado en vigor, el anterior ingresará en estricto sentido al bloque de constitucionalidad para ser tenido en cuenta durante el periodo de implementación del mismo como parámetro de interpretación y referente de desarrollo y validez de las Normas y las Leyes de Implementación y desarrollo del Acuerdo Final.
- El acuerdo final de paz tendrá categoría de Acuerdo Especial.
"El procedimiento legislativo especial para la aprobación del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, incluirá un procedimiento de ley aprobatoria del Acuerdo Especial con los siguientes criterios procedimentales especiales: envío al Congreso para su incorporación al derecho interno por medio de una ley; tramitación como ley ordinaria: radicación del proyecto ante la secretaria del Senado y publicación, debate en comisiones constitucionales conjuntas del Senado y Cámara, votación, debate en plenario del senado; y debate en plenario de la Cámara".
El proyecto deberá pasar en ocho días entre una y otra cámara y "las votaciones serán únicamente de aprobación o improbación de todo el texto, por mayoría calificada".
Asimismo, el acuerdo final de paz deberá recibir una sanción presidencial y ser publicado en diario oficial. "El Gobierno se obligará a presentar esta ley aprobatoria inmediatamente sea firmado y aprobado el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, y entrado en vigor el presente Acto Legislativo".
- El acuerdo final firmado como Acuerdo Especial se incorporará a la Constitución Política
"Una vez aprobado en el Congreso el Acuerdo Final firmado como Acuerdo Especial del artículo 3 común de las Convenciones de Ginebra, el Gobierno Nacional, mediante el procedimiento legislativo especial para la paz, impulsará inmediatamente un Acto Legislativo en el que se incorporará íntegramente a la Constitución Política el Acuerdo Final en un artículo transitorio, en el que tendrá que constar expresamente el Acuerdo de la Jurisdicción Especial para la Paz de 15 de diciembre de 2015. Dicho artículo transitorio entrará en vigor una vez entre en vigor el Acuerdo Final".
- El acuerdo final de paz será depositado ante el Consejo Federal Suizo en Berna
"El Gobierno Nacional y las FARC - EP, acuerdan que el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera firmado como Acuerdo Especial en los términos del artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de 1949, se depositará, inmediatamente tras su firma, ante el Consejo Federal Suizo en Berna o ante el organismo que lo sustituya en el futuro como depositario de las Convenciones de Ginebra".
- Juan Manuel Santos deberá efectuar una declaración presidencial ante la ONU
"El Gobierno Nacional y las FARC - EP acuerdan que una vez aprobado el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, se efectuará una declaración presidencial con forma de declaración unilateral del Estado colombiano ante el Secretario General de las Naciones Unidas, citando la resolución del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas del 25 de enero de 2016, pidiendo al Secretario General que se de la bienvenida al Acuerdo Final y lo relacione con la Resolución 2261 del Consejo de Seguridad del 25 de enero, generando un documento oficial del Consejo de Seguridad, y anexando a dicha Resolución 2261 el texto completo del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera".
En contexto
Las conversaciones que se realizan desde 2012 para buscar una salida al conflicto armado en la nación suramericana, que ha dejado como consecuencia alrededor de 300 mil colombianos muertos y otros seis millones desplazados de sus lugares de origen.
Fuente: http://www.telesurtv.net/news/Gobierno-colombiano-y-FARC-EP-garantizan-seguridad-juridica-del-acuerdo-final-de-paz-20160512-0061.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por compartir su opinión, lo esperamos en una próxima oportunidad.
Radio Suramericana FM, la voz de los pueblos de América!