Los principales detractores del nuevo reglamento para el cuerpo de seguridad y la ciudadanía apuntan a que éste es represivo, arbitrario y dictatorial.
Luego de más de 11 horas de debate, una subcomisión de la plenaria de la Cámara de Representantes de Colombia aprobó este jueves en la noche el nuevo Código de Policía y Convivencia. Sin embargo, aún le queda pendiente la conciliación con el Senado. Entre tanto, hay quienes califican a este código de represivo, arbitrario y dictatorial.
Sus más de 240 artículos buscan regular el comportamiento de los ciudadanos en todo el territorio y pretende actualizar las herramientas de la Policía Nacional, para mantener la convivencia en ámbitos que no están contemplados en el actual Código, que está en vigencia desde hace 40 años.
Este compendio de normas y principios jurídicos para el cuerpo policial también consagra la facultad de la policía para disolver una protesta social, el allanamiento sin orden judicial, la detención administrativa arbitraria, la posibilidad de que cualquier funcionario imponga multas, el uso del espacio público, la creación de centros de detención para borrachos e indigentes, entre otras disposiciones.
Así que no en vano el Código impulsado por el Gobierno colombiano y presentado por el senador, Germán Varón, del partido Cambio Radical, es considerado por sus principales detractores como represivo, arbitrario y dictatorial; pero más importante aún como un reglamento que no es coherente con un escenario de posconflicto.
Tomando en cuenta únicamente la disposición que prohíbe la ocupación del espacio público que plantea el nuevo orden jurídico, quienes no están de acuerdo con esta ley han señalado que el 51 por ciento del empleo en Bogotá es informal, por lo que se irá en detrimento en contra de un gran número de ciudadanos.
Lo avalado por el Código se aplicaría como tal, después de tres días de la implementación pedagógica, y en él se plantean normas que tocan todo tipo de aspectos cotidianos.
Artículos que generan polémica
1. Allanamiento sin orden judicial: El articulado permite que la Policía ingrese a un inmueble sin una orden escrita. Pero supuestamente solo si hay que socorrer a alguien que ha pedido auxilio; si hay que extinguir un incendio o si hay que remediar alguna inundación; si hay que cazar a un animal rabioso fuera o feroz fuera de control; o si se presenta cualquier otra situación el funcionario considere que se "requiera su ayuda".
2. Detención administrativa: También establece que la Policía podrá trasladar a personas en estado de indefensión, grave alteración de la conciencia, o bajo los efectos de sustancias psicoactivas o alcohólicas.
3. Control ciudadano: Los funcionarios podrán cerrar moteles o prostíbulos ubicados en las zonas residenciales; suspender fiestas o sellar de manera temporal establecimientos; e incluso establece que las autoridades podrán controlar en las salidas de las salas de cine que las personas que ven las películas cumplan con la clasificación de las cintas.
Además se ha prohibido el uso de gas pimienta y la pólvora. Se otorgarán multas para quienes protagonicen riñas en la calle y actos circenses. También se le otorga autoridad a los uniformados para que puedan registrar personas, bienes, así como para ingresar a las instituciones educativas cuando se produzcan conductas que afecten la convivencia.
Otra prohibición que consagra es la de hacer grafitis, pero con la aclaración de que quienes los hagan también recibirán multas y tendrán que reparar los daños causados.
4. Manifestaciones y movilizaciones sociales: de ahora en adelante todos estarán obligados a avisar cuándo se va a hacer una protesta social. Pero además, las autoridades podrán disolver de manera legal cualquier protesta si éstas "lo crean pertinente".
5. Uso de la fuerza permitido: El cuerpo policial podrá usar la fuerza, ya sea por iniciativa propia o por petición de otra persona. Supuestamente solo se aplicará en casos en los que se tiene que prevenir comportamientos contrarios a la ley; por si se niegan a cumplir las medidas correctivas; o para defenderse o defender a alguien que esté en riesgo de ser afectado en su integridad.
6. Uso de instrumentos para ejercer sus funciones: También podrán usar “medios de apoyo de carácter técnico, tecnológico o de otra naturaleza, que estén a su alcance” para mantener la seguridad. Según lo aprobado, estos instrumentos “deberán ser usados bajo los criterios de necesidad, proporcionalidad y racionabilidad según las circunstancias específicas; su empleo se hará de manera temporal y solo para controlar a la persona”.
7. Apoyo civil: El reglamento plantea que la Policía podrá pedir ayuda de los particulares, si está en riesgo la vida o integridad de una persona.
En contexto
Recientemente, sin que este Código entrara en vigencia, las protestas lideradas por los indígenas, campesinos y comunidades afrodescendientes fueron fuertemente reprimidas por el Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) y en los hechos murieron 3 indígenas, 134 detenidos y más de 100 heridos. Las comunidades simplemente estaban haciendo el reclamo legítimo de sus derechos y a modo pacífico.
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